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Servicios de Representante Único / Titular de Autorización

Las empresas extracomunitarias pueden comercializar sustancias en el mercado de la UE nombrando a un Representante Único para cumplir con sus obligaciones en materia del REACH. En el caso de los biocidas, el titular de la autorización debe ser una persona jurídica con sede en uno de los Estados miembros de la UE. Nosotros actuamos como Representante Único para nuestros clientes no establecidos en la UE. Ayudamos a las empresas a cumplir con las obligaciones legales a nivel de la UE y de los Estados Miembros.